¡Me han despedido y tengo una hipoteca! ¿Qué hago?

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Al igual que muchas personas, hasta que no les llega a ellas mismas, yo pensaba que lo de estar en paro y no encontrar trabajo era cosa de vagos y que, quizá por esa misma razón, a esas personas se las había despedido… Además, cuando yo escuchaba en los medios de comunicación que éstas se veían en la imposibilidad de pagar su hipoteca, yo pensaba y suspiraba: “¿pero por qué se han metido entonces en este lío?”. Eso… era antes de verme yo también en esta dramática situación tras el cierre de “mi” empresa y tener que recurrir, por ello, a los servicios del bufete de abogados Durán & Durán, un despacho con más de 20 años de experiencia profesional y cantidad de casos resueltos en los Juzgados y Tribunales, creado y encabezado por el celebérrimo “abogado ciego”, Miguel Durán (ex Director General de la Once) y su sobrino Miguel Ángel Durán Muñoz, para que me asesoraran gracias a sus dilatadas experiencias y conocida humanidad. Pues, hay que saber que estos grandes profesionales de la abogacía no se limitan sólo a recibir en sus bonitos despachos de diseño a sus clientes para “prescribirles una receta”, sino que les dan la mejor orientación posible acerca de sus problemas, ofreciéndoles unos adecuados consejos jurídicos y sociales sobre dicho asunto. Personalmente, yo les seré agradecido de por vida porque supieron escuchar y entender mis necesidades, y cuando te encuentras tan débil, tan impotente frente a la maquinaria insensible e implacable de las administraciones en general, este tipo de atención se agradece un montón. Yo no sé dónde estaría ahora si no me hubiese visto arropado por ellos, ¡y que conste que lo digo de todo corazón!

¿Cuáles son mis recursos?

Ante todo, hay que recurrir a unos buenos y auténticos profesionales colegiados de vuestra comunidad y huir lo más lejos posible de aquellos buitres carroñeros que te prometen la luna a cambio de una suma de dinero consecuente. ¡Eso es sencillamente mentira e imposible! Pues, el caso se debe estudiar antes de poder opinar y ofrecer soluciones. Por otra parte, hay que saber que hasta ahora ninguna persona ha tenido que ingresar en la cárcel por impagos de hipoteca. Asimismo, es muy importante intentar guardar la calma para poder actuar debidamente. También hay que tener en cuenta que el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria y desahucio tarda varios meses, alrededor de unos 18 meses, con lo cual, eso os permite un tiempo de reflexión para ir viendo con los abogados lo que se puede hacer. Yo os lo explico a mi manera y espero que lo entendáis y –sobre todo– que os pueda ayudar aunque sea un poquito. Ante todo, debéis recordar que toda persona que esté atravesando dificultades económicas puede acogerse a las medidas propuestas legalmente.

Éstas son las indicadas en el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. Por otra parte, frente a esta situación es posible igualmente acogerse a las medidas propuestas en la Ley de Segunda Oportunidad si la persona cumple los requisitos. Así pues, y conforme al RD-Ley 6/2012, aquellas personas a las que les sea posible acreditar que se encuentran en el denominado  “umbral de exclusión” (ver. Art. 3 y 3 bis), tendrán distintas opciones frente a su entidad bancaria, siempre y cuando ésta se haya adherido al Código de buenas prácticas bancarias aprobado al efecto y la hipoteca recaiga sobre su vivienda habitual y no secundaria. Como lo podéis ver, las cosas no son para nada sencillas, sin embargo, existen medidas de protección. Con lo cual, y si el banco está adherido a dicho Código, al cliente le será posible entonces exigir su cumplimiento ante el propio banco y presentar las debidas reclamaciones ante los Servicios Jurídicos del Banco de España.

Todo ello, me lo explicaron los abogados del bufete Durán & Durán, lo cual, me permitió exigirle a mi banco la reestructuración de mi deuda hipotecaria al objeto de alcanzar la viabilidad a medio y largo plazo de la misma. Sólo me falta por añadir que para los deudores para quienes este plan de reestructuración resulte inviable dada su situación económico financiera, éstos podrán solicitar una quita en el capital pendiente, así como, pedirles a su banco la dación en pago de su vivienda habitual, dentro de los requisitos establecidos en la ley. En estos casos la entidad bancaria se verá obligada a aceptar la entrega del inmueble y quedará de ese modo la deuda cancelada. Pero, lo dicho: ¡no perdáis tiempo y acudid como yo a auténticos profesionales para que os asesoren correctamente! En mi caso, las cosas se van resolviendo lentamente. Sigo en mi casa y desde hace poco he encontrado un nuevo trabajo…

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