Dice el refrán que no nos acordamos de Santa Bárbara hasta que truena, y algo así ocurre con los seguros. Ya sean de vida, de coche, de casa o de cualquier cosa, que hasta que no tenemos que utilizarlos, no sabemos cómo funcionan. Solo sabemos que lo queremos BBB, es decir, bueno, bonito y barato, pero cuando tenemos que usarlo, ni sabemos qué nos entra y qué no. Por eso, queremos responder a las dudas más habituales en cuanto a seguros.
¿Qué se puede asegurar?
A grandes rasgos, se pueden asegurar casi todas las cosas, ya sean materiales (vehículos, comercios, viviendas, etc.) o inmateriales (por ejemplo, perjuicios económicos cuando se deja una actividad, tratamientos para la salud, etc.), siempre que se pueda valorar económicamente. No obstante, la mayoría de los seguros ya están diseñados para determinados productos, o para cubrir situaciones concretas (paro, jubilación, un viaje, etc.).
¿Qué no cubre mi seguro de coche?
- Conducir en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas, tóxicos o estupefacientes.
- No estar en posesión del carnet de conducir adecuado.
- Si se ha modificado la instalación eléctrica del vehículo de forma no establecida por el fabricante.
- Exceder el número de ocupantes permitidos para el vehículo.
- Participar en competiciones, pruebas deportivas y carreras.
- Daños producidos por el desgaste natural del vehículo, como los neumáticos.
- Daños producidos por transportar sustancias inflamables, explosivas o tóxicas.
- La asistencia en viaje a los ocupantes recogidos en autostop.
- Daños ocasionados en caso de accidente si se ha producido Denegación de auxilio.
Si cumples alguno de los anteriores, piensa que si te pasa cualquier cosa con el coche, aunque tengas la razón, el seguro no se va a responsabilizar de nada. Son aspectos de sentido común, pero que muchas veces no se cumplen. Incluso hay mucha gente que presta su coche y si esa persona tiene un accidente, la cosa se va a complicar mucho.
¿Qué plazo tiene la aseguradora para resolver el siniestro?
Cada aseguradora tiene su protocolo a la hora de tratar las incidencias. En ocasiones ocurre que la resolución del siniestro se alarga en el tiempo más de lo deseado, pudiendo crear crispación y malestar. Es importante que el asegurado sepa que según la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, y en virtud del artículo 18, el asegurador debe satisfacer la indemnización en un plazo de 40 días como máximo desde la declaración del siniestro.
¿Es legal que un banco me obligue a contratar un seguro de hogar cuando solicito una hipoteca?
La entidad financiera no está capacitada para exigir un seguro del hogar como condición para la contratación de un préstamo, entre otras, dentro del marco legal. Hay una sentencia muy reciente que lo impide. Lo que no significa que si deseamos comprar una casa por nuestra cuenta, con nuestro propio capital, tengamos que tener un seguro del hogar o de vida.
¿Qué es el infraseguro?
Se trata de la declaración en la póliza de seguro del objeto asegurado por un valor inferior al que realmente tiene.
¿Qué es el sobreseguro?
Es la declaración en la póliza del objeto asegurado por un valor superior al que realmente tiene.
Ahora bien, muchas veces ni por estas, y tienes que acabar en despachos de abogados. Ante esto, nuestra recomendación es que te pongas en manos de abogados profesionales, como son Hernández y Díaz Abogados, seguro que con su asesoramiento, ningún seguro, vaga la redundancia, se podrán aprovechar de ti.